PARTE DISPOSITIVA
En orden a lo antes expuesto este Juzgado DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESION FICTA de la parte demandada, ciudadanos MARCIA MARGARITA RONDÓN CORDERO y KEVIN ANTONIO RONDÓN BRICEÑO, establecida en los artículos 887 en concordancia con el 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR LA ACCIÓN DE REIVINDICACIÓN, intentada por la ciudadana ZULAY COROMOTO GUILLÉN RANGEL, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.042.936, domiciliada en esta ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida, representada por su co apoderada judicial abogada LEIX TERESA LOBO inscrita bajo el número de Inpreabogado 10.882, titular de la cédula de identidad número 3.297.575; contra los ciudadanos MARCIA MARGARITA RONDÓN CORDERO y KEVIN ANTONIO RONDÓN BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 10.719.551 y V- 17.129.826 respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Mérida, estado Bolivariano de Mérida; sobre.....