QUINTO: Finalmente se acuerda REMITIR la presente causa al Tribunal de Ejecución que corresponda conocer de la misma por efectos de la distribución, una vez vencido el lapso legal correspondiente y declarada firme la presente Sentencia, a fin de que proceda al conocimiento de la misma
SEXTO: Por cuanto se hace necesario DIFERIR la redacción de la Sentencia en la presente causa, se acuerda leer en sala La Parte Dispositiva de la Misma, ordenando la publicación del Texto Completo dentro del lapso legal previsto en el Artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, de lo cual quedan expresamente Notificadas todas las partes actuantes en la presente causa. Es todo.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el despacho del Juez de Juicio No. 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a los Veintidós (22) días del mes de Febrero del año 2007. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
Abg. VICTOR HUGO AYALA.
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