así se decreta de acuerdo a lo previsto en el artículo 263 de la vigente Ley Adjetiva Civil, en concordancia, con los también vigentes artículos 1713 y 1718 del Código Sustantivo Civil, LA HOMOLOGACION DEL CONVENIMIENTO, impartiéndole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente. Agréguese a los autos el Cuaderno de Embargo.
LA JUEZA,
ABG. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA.
LA SECRETARIA
ABG. SUSANA EVELIA PARRA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado,
LA SRIA,
Xgm.