DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por concepto de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y demás beneficios Laborales tiene incoada el ciudadano: ANTONIO JOSE RIVAS.
SEGUNDO: Se condena al Fondo de Comercio "DISTRIBUIDORA Y TRANSPORTE DE HORTALIZAS MI REFUGIO" en la persona de José Hemeregildo Monsalve Acevedo a pagar la cantidad de BOLIVARES TRECE MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO (Bs. 13.194,95) por todos y cada uno de los conceptos ut supra cuantificados y discriminados que corresponden al trabajador.
TERCERO: El experto que al efecto se designe, deberá cuantificar lo.....