El Tribunal dictó sentencia definitiva declarando: PRIMERO: NIEGA la solicitud de HOMOLOGACION DE CONVENIMIENTO, formulada por la abogada ISVETT JEANETTE ACOSTA MEJIAS, actuando previo requerimiento expreso de las ciudadanas, ALIRÁNGELA THAIS QUINTERO DE MORENO, ALIRA ANGÉLICA QUINTERO BELLO, ALIRANGEL MARGOL QUINTERO DE GIORDANO. Así se decide.
SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo del expediente, una vez que quede firme la presente decisión.