UNICO
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45, 48.7 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano Ciudadano JORGE ALBERTO GUERRERO MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, Comerciante, de Cuarenta y Nueve (49) años, Titular de la Cédula de Identidad N° 4.472.600, domiciliado en Carrera 1 con Calle 3, Casa S/N, Tovar Estado Mérida, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSA PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, se ordena notificar de la presente fundamentación a las partes,.
EL JUEZ TEMPORAL DE CONTROL N° 03
ABOG. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. YANIRA LOBO GUILL.....