DISPOSITIVA
De conformidad con el artículo 617, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y sentencia de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 27-11-2001, ponente Dr .Iván Rincón Urdaneta, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio No. 01 de la sección Penal de Adolescente, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: declarar en rebeldía y se ordena la UBICACIÓN, en virtud de los razonamientos antes señalados a los fines de la realización del juicio y la continuación del proceso. Si en el lapso de ocho (08) días no se ubica se ordenara su captura Líbrese OFICIO a la casilla policial de San Jacinto. Las partes presentes quedaron notificadas en la misma audiencia, siendo que la presente decisión es pronunciada dentro del lapso legal. Diarícese, regístrese, Certifíquese y Cúmplase.
LA JUEZA PROFESIONAL EN FUNCIONES DE JUICIO Nº. 01.
MIRNA EGLE MARQUINA.....