El Tribunal dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando: PRIMERO: Consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente solicitud, seguida por las ciudadanas YEISY JOHANNA ERAZO GONZALEZ y ANGGY YESSENIA SANCHEZ SANCHEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-19.097.063 y V-19.216.147, en su orden, domiciliados en el asiento campesino Batalla y Victoria que forma parte del Frente Amplio Unido de Resistencia Campesino Bolívar y Zamora denominado la Magdalena, ubicado en el sector Caño Avispero, Jurisdicción de la Parroquia Eloy Paredes, Municipio Obispo Ramos de Lora del estado Bolivariano de Mérida, por SOLICITUD DE INSPECCION.
SEGUNDO: Según lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no se hace especial pronunciamiento sobre costas en virtud de la naturaleza de este pronunciamiento.
TERCERO: Se ordena la notificación de la parte solicitante ciudadanos YEISY JOHANNA ERAZ.....