PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores expuestos, este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en Ejido, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTOS Y BONOS ESPECIALES, que debe aportar el ciudadano JULIO ALBERTO JUAREZ SORIANO, a su hijo (se omite identidad conforme Art. 65 LOPNA), en las siguiente proporción la suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,OO) MENSUALES Y CONSECUTIVOS. La suma de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000, O0) en los meses de Agosto y Diciembre, para gastos de escolaridad y vestido que serán devengados por el obligado por concepto de vacaciones y aguinaldo, descontados oportunamente, es decir, dos cuotas de (Bs.. 400.000,00) cada una, las cuales deberán ser descontada de nómina de la universidad de los andes y depositados en la cuenta señal.....