Por los razonamientos anteriores este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección de Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA SANCIÓN PENAL impuesta al hoy occiso, ciudadano: (IDENTIDA OMIITIDA), Venezolano, nacido en el Municipio Libertador del Estado Mérida, de 17 años de edad, nacido en fecha 01-12-1990, titular de la cédula de identidad N° (omitida), hijo de (omitida), residenciado en el (omitida), (omitido), ubicado en la avenida 3, entre calles 19 y 20, Mérida Estado Mérida, quién para el momento de su muerte contaba con 17 años de edad, extinción ésta que se decreta por haberse producido su muerte, todo de conformidad con los artículos 103 del Código Penal en concordancia con el 647 y 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisió.....