DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: SIN LUGAR la demanda que por CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, ha incoado la ciudadana KATHA JULIBETH RODRIGUEZ DUGARTE en contra de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE.
Segundo: No hay condenatoria en costas, conforme a lo tipificado en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Tercero: Se ordena la notificación del ciudadano Procurador General de la Republica, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.