El Tribunal dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando: Primero: IMPROCEDENTE la Medida Cautelar Innominada de la Producción Agroalimentaria, solicitada por la ciudadana LISBETH MINERVA GUILLEN MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.683.974, domiciliada en la población de Mucujepe sector Las Adjuntas – El Trapiche parte alta Fundo la Texana, Parroquia Héctor Amable Mora, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, asistida por el abogado EURO ALBERTO LOBO LOBO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.624.068, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 10.012, con domicilio procesal en la Av. 15, centro comercial Mallorca, Primer Piso, Apartamento 01, de la Ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriano del estado Bolivariano de Mérida. Así se decide.-
Segundo: No hay condenatoria en costas en virtud del gran contenido social de la materia agraria.