este Tribunal Primero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY niega la solicitud de Inspección Judicial presentada por el ciudadano ANGEL ROJAS, plenamente identificado en autos y por consiguiente se declara inadmisible la misma. Y así se declara.
Devuélvase original de las presentes actuaciones al solicitante, una vez quede firme la presente decisión y déjese copia fotostática certificada de todo el contenido de la presente solicitud en el archivo de este Tribunal.
LA JUEZ