oye dicha apelación en AMBOS EFECTOS, y vista igualmente la apelación intentada contra la sentencia interlocutoria, correspondiendo el conocimiento de la misma al JUGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA y de conformidad con el primer aparte del artículo 291 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este tribunal ordena remitir el original del presente expediente al JUZGADO (DISTRIBUIDOR) SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, a los fines de que a quien corresponda conozca de la misma. Désele salida y remítase con oficio.-
LA JUEZ
ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO LA SECRETARIA
ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.
En la misma fecha se le da salida al expediente principal constante de una (01) pieza con cient.....