PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos DARWING JAVIER RIVAS AVENDAÑO y MONICA ZARAID BLANCO BELISARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 18.618.093 y V-17.772.146, domiciliados en su orden: el primero en Zumba la Florida, pie de Loma, casa s/n, Ejido, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, teléfono: 0412-7881217, correo electrónico: Darwingelpeludo@gmail.com y la segunda en Cuenca, Calle de Ines de la Carrera N° 10, España, teléfono: +59 935382390, correo electrónico: obat2017@gmail.com y civilmente hábiles, a favor de su hijo, el adolescente EDWING ABRAHAM RIVAS BLANCO, de diecisiete (17) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-35.020.098, F. N.:29/04/2008, pasaporte venezolano Nº 197392917; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.