siendo las once y cincuenta minutos de la mañana, habiendo salido el Tribunal de su sede a las once de la mañana, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora, en el estacionamiento de la vereda N° 31 ubicada frente a una carnicería, de la urbanización J.J. Osuna, Los Curos de este Estado Mérida. El Tribunal dio cumplimiento a la práctica de la medida de embargo preventivo, decretado por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida CONCLUSIÓN esta comisión es devuelta cumplida. Se deja constancia que por esta actuación no se recaudo arancel judicial ni emolumento alguno dada la gratuidad de la justicia. Terminó se leyó y estando conformes firman regresando el Tribunal a su sede siendo la 1.40pm.- La Juez Provisorio Abg. Iria Bracho de Suárez firma ilegible. La Secretaria (fdo) Hélides Lacruz Bonilla, firma ilegible. Esta estampado en tinta el sello de este Tribunal.-