ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano: JAVIER ANTONIO PARRA SOTO, venezolano, de 32 años de edad, soltero, titular de la cédula N° 13.718.460, Chofer, hijo MIME PARRA Y VIOLETA SOTO, comerciante, residenciado en Las Palmeras, vía al Chivo, Finca "El Tamarindo", propiedad del ciudadano Tarsizo Bravo, teléfono 0414-3750341, El Vigía Estado Mérida, por la comisión de losl delitos de VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 17 y 20 de la Ley sobre Violencia contra la Mujer y la Familia en perjuicio de la ciudadana: NURIS NURAIMA MARQUEZ CORREDOR. Sobreseimiento que se fundamenta en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 numeral 7 eiusdem, con los efectos subsiguientes previstos en el artículo 319 del referido Código. Notificadas las partes de la presente decisión, y firme la misma, remí.....