ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Declara como flagrante la aprehensión del ciudadano CESAR AUGUSTO OVIEDO MARQUINA, por la presunta comisión del delito de Violencia Física Agravada previsto y sancionado en el articulo 42 encabezamiento y segundo aparte y VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el articulo 39 ambos de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con la agravante del articulo 65.5 eiusdem, y sancionado en el articulo, cometidos en perjuicio de la ciudadana cometido en perjuicio de la ciudadana HERCILIA ILIANA PEREZ UZCATEGUI. SEGUNDO: Se Acuerda tramitar la presente causa por el Procedimiento Especial, de conformidad con lo establecido en el artícul.....