administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por el abogado ANTONIO RAMON PEÑALOZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 7.320, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano ALFONSO BARBOZA MORAN, contra la sentencia definitiva, proferida en fecha 29 de noviembre de 1999, por el Juzgado Primero de los Municipios Alberto Adriáni, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, en el juicio que interpuso contra el ciudadano GABRIEL GOMEZ CASTRO.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia apelada.
TERCERO: Se declara SIN LUGAR la acción intentada por el abogado ANTONIO RAMON PEÑALOZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 7.320, en su carácter de apoderado judicial de la pa.....