revisada como ha sido la presente solicitud se evidencia que de las pruebas de informes solicitadas, sólo fueron recibidas las del Instituto Nacional de Tierras (folios 103 y 104), y de la Fiscalía Superior del Estado Mérida (106 y 107), haciendo falta la solicitada al Comandante de la Zona 22; Destacamento Primer Pelotón, Tercera Compañía, Mucurubá del Estado Bolivariano de Mérida.
Por tal razón y en virtud de que al decretarse la medida de Protección a la producción en fecha 22 de junio de 2016 (folios 31 al 37), sobre el fundo "TIERRA BLANCA EL MONTE", ubicado en el sector "Mucuy Alta- Filo del Loro", jurisdicción del Municipio Tabay, hoy Municipio Santos Marquina del Estado Bolivariano de Mérida; y que la misma tendría un tiempo de vigencia de seis (6) meses, contados a partir de la fecha en que se decretó dicha medida, por lo que se considera que la mencionada medida feneció el 22 de diciembre de 2016, es por lo que este Tribunal no tiene materia sobre la cual d.....