El Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Tribunal Penal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio, para continuar con la ejecución, conforme auto dictado en fecha 21 de Febrero de 2011, que corre inserta al folio veintiuno (21) del cuaderno.- CONCLUSIÒN: Dejó constancia el Tribunal que realizó diligencias a los fines de entrevistarse con la Presidenta de la Junta de Condominio, quien vive en el apartamento 6-1, no respondiendo nadie al llamado. Procediendo el Tribunal a retirarse del referido Edificio. Se dejó constancia que se respetaron los derechos y garantías constitucionales y por estas actuaciones no se recaudo arancel judicial alguna dada la gratuidad de la justicia