La Parte Actora solicita a este Tribunal el diferimiento de la Medida de Secuestro e igualmente la remisión de la misma al Tribunal Comitente y acordado como fue por el Tribunal Ejecutor, difiere la practica de la medida ordenada por el Tribunal A-Quo hasta tanto la parte actora solicite nueva oportunidad e igualmente ordena remitir las actuaciones contenidas en la Comisión Nº 200-2012, al Tribunal de origen, tal y como fuera solicitada en el momento de la practica de la Medida por la parte accionante de la misma.