En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por el Abogado en ejercicio KAMIL SAAB SAAB, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-3.495.216, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 13.050, domiciliado en esta Ciudad de Mérida, Estado Mérida y jurídicamente hábil, actuando en su propio nombre y representación en su carácter de arrendador, contra los ciudadanos FRANCISCO JAVIER COVARRUBIA MARQUINA y MARIA NIOVES MARQUINA CAÑAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V.-9.473.186 y V.-1.703.304, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábiles, el primero de los nombrados en su carácter de arrendatario del bien inmu.....