El Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora.- CONCLUSIÒN: El Tribunal a solicitud de la parte actora ejecuto la medida de Secuestro, para la cual fue comisionado por el comitente. En este estado el Tribunal conforme a lo solicitado por la parte actora y con arreglo al artículo 559 ordinal 7º del Código de Procedimiento Civil, procede a depositarlo en la persona de su propietaria Ciudadana: Mayela del Carmen Parra Puente, asistida del Abg. Edilio Valbuena Ramírez, ambos identificados en acta, libre de personas, animales y cosas, quienes estando presentes lo recibió en las condiciones anteriormente descritas, y acuerda devolverla cumplida con sus resultas al Tribunal de la Causa, dejando para el archivo copias certificadas de todas las actuaciones.-