ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano PEDRO ENRIQUE ALVARADO COLMENARES, venezolano, natural de Mérida,Estado Mérida, soltero, educador, titular de la Cédula de Identidad N°12.352676 , residenciado en la Urbanización La Fundación Indulac, San Calos del Zulia, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito ALTERACION DE SERIALES DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. Sobreseimiento que se decreta, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 1del Código Orgánico Procesal Penal Notifíquese a las partes .Firme la presente decisión, remítase al Archivo Judicial. Certifíquese por Secretaría. Cúmplase. Dada, Sellada y Firmada en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, a los veintitrés días del mes de abril del dos mil siete.
LA JUEZ DE CONRTROL N°.....