DECLARA: Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada ELOISA ANGULO FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.000.629, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 28.154, en su condición de Apoderada Judicial de la ciudadana OMAIRA ROJAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.348.230, quien actúa en nombre y representación de sus hijos los ciudadanos niños OMITIR NOMBRES de cuatro (04) y once (11) años de edad respectivamente contra la Sentencia dictada por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en fecha 18 de Marzo de 2014.