´DECISIÓN:
Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal, PRIMERO: ACUERDA LA ENTREGA PLENA del vehículo con las siguientes características: MARCA: TOYOTA, MODELO: COROLLA SINCRON, AÑO 1997, COLOR: PLATA, PLACAS: AA395KL, SERIAL DE MOTOR: 7A9906017; SERIAL DE CARROCERÍA: AE1029106007, CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDAN, USO: PARTICULAR. Según certificado de registro de vehículo N° 30431623, de fecha 19 de octubre de 2021, emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, sin restricción alguna, al ciudadano EUSTOQUIO PAREDES VILLARREAL, titular de la cédula de identidad N° V-10.399.236, quien figura como propietario del vehículo objeto de la presente .....