PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo del EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, suscrito y presentado por los ciudadanos ZHANDRA PATRICIA VILLEGAS ZAMBRANO y EVELIO JOSÉ CABALLERO PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-25.865.850 y V-15.755.074, en su orden, domiciliados en Avenida Los Próceres, Urbanización Lumonty Alto, calle Las Colinas, casa San Miguel 100 mts después de las Residencias Dora uno, parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles; a favor de la madre, ciudadana ZHANDRA PATRICIA VILLEGAS ZAMBRANO, garantizando así los derechos y garantías del niño MATHIAS ALESSANDRO CABALLERO VILLEGAS, de cinco (05) años de edad, F.N.:09/10/2019; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.