este Juzgado De los Municipios Justo Briceño, Julio Cesar Salas y Tulio Febres Cordero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA de la ciudadana ELIZABETH PLATA, parte demandada en este proceso, de conformidad con el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 887 ejusdem.
SEGUNDO: Con lugar la demanda interpuesta por la ciudadana: IRIS MARINA GONZALEZ DE CARREÑO, venezolana mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.9.397.815, domiciliada en Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida, quien actúa en nombre y representación de la ciudadana: MILEIDY DEL CARMEN GONZALEZ DE PEREZ, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N°.11.215.881; en contra de la demandada ciudadana: ELIZABETH PLATA, venezolana, mayor de edad, titular de la Céd.....