En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos NELSON EDUARDO MALDONADO ZERPA y YAJAIRA DALILA RIVERO JÉREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad N° V- 17.664.020 y V- 20.199.681, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida, asistidos por la Abogada NURY ZOBEIDA URBINA RONDÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.353.128, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.721 domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil. En consecuencia se declara disuelto el VÍNCULO.....