El Tribunal dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando: PRIMERO: Consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa, seguida por los abogados ROBIRO ANTONIO RANGEL TORRES y LUIS RAUL ALARCÓN MOLINA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.068.024 y V-10.241.524, en su orden, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 62.941 y 179.493, con domicilio procesal en la casa N°107 de la Avenida Bolívar, (Instituto Incaphi), sector La Trinchera de la ciudad de Lagunillas, Municipio Sucre del estado Bolivariano de Mérida, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano FRANCISCO ANTONIO FLORES CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.468.225, domiciliado en el sector Pueblo Viejo, al final de la calle Russo, casa S/N°, detrás de la empresa Laboratorios Chemycals Soma, C.A. de esta misma ciudad lagunillas, Municipio Sucre del Esta.....