Hechas las consideraciones anteriores este Tribunal en funciones de Control N° 2 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de Mérida, hace el siguiente pronunciamiento: ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: declara con lugar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, C.I.N° (RESERVADO), Residenciado En (RESERVADO), por el delito de USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS, previsto en el artículo 213 y 214 del Código Penal, de conformidad con los artículos 561 literal (d) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, artículos 318 ordinal 3º, 108 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda el cese de la medida cautelar otorgada al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), de presentación periódica otorgada en fecha 26-08-09. Líbrese oficio al departamento de alguacilazgo informando el cese de la medi.....