Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal Ordinario en funciones de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Ejecuta la pena impuesta al ciudadano JESÚS ALBERTO ZERPA GUILLEN, contentiva de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias de Ley correspondientes, previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO PROPIO previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal.
SEGUNDO: Establece las fórmulas alternativas al cumplimiento de la pena, previstas en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Pena y la normativa legal venezolana, previo cumplimiento de requisitos, en las fechas que seguidamente se señalan:
¿ Destacamento de Trabajo: puede optar el 19 de octubre de 2011
¿ Régimen Abierto: puede optar el 19 de abril de 2012
¿ Libertad Condicional: puede optar el 1.....