este Juzgado Primero Ejecutor de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la Constitución y por Autoridad de la Ley DECLARA: Que de conformidad con el Artículo 265 en concordancia con el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil se HOMOLOGA el presente DESISTIMIENTO DE LA ACCION Y DEL PROCEDIMIENTO que obra en el folio 400, de la presente causa, que lleva por No.0009-2013 Demandante: ABG. DUNIA CHIRINOS LAGUNA. Demandado: ABG. CESAR ELIGIO CONTRERAS RANGEL Motivo: ESTIMACIÓN E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES POR COSTAS. Tribunal: PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Fecha de Entrada: DIECINUEVE (19) de JULIO del DOS MIL TRECE. Y vista que el presente desistimiento de la acción.....