EN FUERZA DE LAS ANTERIORES CONSIDERACIONES, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Único: Se decreta el sobreseimiento de la presente causa seguida al imputado ALEXANDER RAMÍREZ ALBORNOZ, venezolano, natural Ejido Estado Mérida, nacido en fecha 01-05-1993, de 20 años de edad, estado civil Soltero, titular de la cédula de identidad Nº 21.182.452, grado de instrucción Bachiller, de oficio Albañil, hijo de Jesús Manuel Ramírez (V) y Sixta Albornoz (V), con domicilio San Onofre Parte Alta Ejido, en la ultima calle, en el estado Mérida, teléfono 0426.311.5117, de conformidad con lo previsto en los artículos 49.7 y 300 .3 del Código Orgánico Procesal Penal. Por ende, se declara terminado el presente procedimiento. Así se decide con base en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 13, 46, 49.7 y 300.3 Código Orgánico.....