en fecha 13 de agosto de 2015 el ciudadano RAFAEL ERNESTO ZOZZARO ACOSTA, en su condición de Director Gerente de la empresa Inversiones Z y V C.A., parte querellada, debidamente asistido por el abogado PIERO CONTRERAS MORALES, venezolano, mayor de de edad, Inpreabogado N° 79.053, mediante formal escrito realizó oposición a la admisión del interdicto, alegando que la fecha indicada en el libelo como de inicio de la obra se trataba de una mera inspección, pero la obra ya había iniciado un año atrás, el mes de octubre de 2013, según el permiso de construcción N° C-001-13 (anexado en original marcado "2"), otorgado a la ciudadana SUJAILA EL DEHNE y ejecutado por la empresa Z y V C.A. quedando demostrado que el inicio de la obra fue en el mes de octubre del año 2013, y que con fundamento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código Civil, existe una condicionante para que sea admisible la presente acción como lo es que no haya transcurrido más de un año del inicio de la obra, que en el pr.....