El tribunal declaró: PRIMERO: La validez de la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 25 de junio de 2019 (folios 841 al 856), mediante la cual declaró su incompetencia en razón de la materia y declinó la competencia en este Tribunal, en el juicio incoado por la ciudadana MARIA GRACIELA RAMIREZ ALTUVE, contra los ciudadanos RAFAEL ANTONIO LOBO RANGEL y MARIA ARMINDA RAMIREZ ALTUVE., consecuencialmente, se reordena el proceso a los fines de que la demanda propuesta cumpla con los requisitos formales exigidos por el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, especialmente aquellos relativos a la promoción de pruebas y, repone la misma al estado de que la parte actora dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a aquel en que quede firme la presente decisión, más un (1) día que se le concede como termin.....