PRIMERO: Se declara con lugar la demanda incoada por el ciudadano ciudadana ROOSMERY HERNANDEZ RANGEL, titular de la cédula de identidad 18.750.358, titular de la cédula de identidad 14.107.350, representada por el procurador de trabajadores RONALD CALDERON JEREZ, titular de la cédula de identidad 14.204.472 e inscrito en el inpreabogado bajo el número 108.464 en contra del ciudadano RAFAEL SIMON MEDINA RAMONES, titular de la cédula de identidad 4.386.675 por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada RAFAEL SIMON MEDINA RAMONES, a pagar a la parte actora ciudadana ROOSMERY HERNANDEZ RANGEL la cantidad de SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CINCUNETA Y SEIS CENTIMOS (Bs 6.999.56) más las cantidades de dinero que por concepto de intereses sobre la prestación de antigüedad, intereses de mora e indexación judicial, sean calculadas mediante experticias complementarias del fallo y así se establece.