DECISION
De acuerdo con las anteriores consideraciones, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA, que por DESALOJO intentaron los ciudadanos CARMEN JEIMAR VIVAS DE VIVAS Y ROSALINO ALBERTO VIVAS MOLINA, titulares de las cédula de identidad N° V-8.080.881 y V.-6.366.535, domiciliados en la ciudad de Tovar Municipio Tovar Estado Mérida y hábiles, representados por los abogados en ejercicio SILVIO JOSE PEÑA Y LAURA MELISSA CONTRERAS SULBARAN, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 31.809 y 107.393 contra el ciudadano JOSE DENIS BUSTAMANTE, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-12.486.991, domiciliado en la ciudad de Tovar Estado Mérida y hábil de igual domicilio, sobre una casa ubicada en la calle principal Bicentenario, signada con el N° 23, Sector Sabaneta, Municipio Tovar del Estado Mérida; construida sobre un lote de terreno que por el FRENTE: Mide diez metros (10 mts),.....