Por los razonamientos y fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal, en Funciones de Ejecución No. 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Con Lugar la petición dirigida por el penado Over Humberto Niño Molina, de 28 años de edad, con Cédula de identidad No. V-19.901.673, contra quien se sigue la presente causa por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, cometido en perjuicio de los ciudadanos VICTOR ALEXIS ZAMBRANO QUINTERO y ENDER LUIS DAVILA FLORES, formulada durante la Guardia Penitenciaria realizada el día 19.11.2.010 (f.386), mediante la cual ratifica la solicitud de LIBERTAD CONDICIONAL como Medida Humanitaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Orgánico Procesal Penal, y, en consecuencia, otorga la Libertad Condicional como Medida Humanitaria, prevista en el ar.....