siendo las nueve y veinte minutos de la mañana, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora, en un inmueble, consistente en una casa para habitación ubicada en el sector el Amparo, Parroquia Milla, distinguida con el N° 032, Municipio Libertador del Estado Mérida, para dar cumplimiento a la entrega de inmueble conferida por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el Tribunal dio cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente CONCLUSIÓN esta comisión es devuelta cumplida al Tribunal de la causa. Se deja constancia que por esta actuación no se recaudo arancel judicial ni emolumento alguno dada la gratuidad de la justicia. Terminó se leyó y estando conformes firman regresando el Tribunal a su sede siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana. La Juez Provisorio (fdo), Abg. Iria Bracho de Suárez, firma ilegible. La Secretaria (fdo) Hélides Lacruz Bonilla, firma ilegible. Esta estam.....