DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACION INTERPUESTA por el Ciudadano RAFAEL ANGEL GIL, contra la decisión del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 01-08-2006, que Niega la entrega de un vehículo. SEGUNDO: ORDENA la entrega del vehículo MARCA INTERNACIONAL, MODELO 1850, AÑO 1979, COLOR AMARILLO Y NEGRO, CLASE CAMIÓN, MODELO ESTACAS, USO CARGA, PLACAS 737-GBS, SERIAL DE CARROCERÍA HHD10979, SERIAL DE MOTOR D190D57689 al reclamante ciudadano RAFAEL ANGEL GIL, en calidad de GUARDA Y CUSTODIA, pudiendo únicamente usarlo a través de todo el territorio nacional, con la expresa salvedad y prohibición de enaje.....