Se RENOVA EL PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, contados a partir del 23/02/2011, debiendo la penada acudir a su médico tratante para que sea evaluada cada tres (03) meses, con la obligación de presentar a este Tribunal constancias de las diferentes consultas, pudiéndose ordenar que la penada sea revisada por el Médico Forense cuando lo crea conveniente. En consecuencia la penada deberá acatar todas las condiciones impuestas por la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario, y pernotara en su residencia ubicada en el barrio San Isidro, casa N° 53-83, El Vigía, Estado Mérida, en caso contrario le será revocado el presente permiso.-