Este Tribunal resulta competente por el territorio y por la cuantía, admite la presente demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. En consecuencia, intímese al ciudadano: FÉLIX ESCOLAR LEÓN, anteriormente identificado, para que comparezca por ante este Juzgado a cancelar al actor la cantidad de QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 568.593,75,oo) que comprende la suma debida que es la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 450.000.,oo), más la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 4.875,oo) por concepto de intereses y más la cantidad de CIENTO TRECE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 113.718,75,oo) por concepto de honorarios profesionales calculados prudencialmente por el Tribunal, dentro de los DIEZ DÍAS DE DESPACHO, contados a.....