PRIMERO: Se declara con lugar la demanda incoada por el ciudadano PEDRO ARMANDO MARTINEZ TORRES, titular de la cédula de identidad 17.399.003, debidamente representado por el procurador de trabajadores ELIAS BENIGNO CHIRINOS QUERALES, titular de las cédula de identidad 12.447.082 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número98.920, en contra de la sociedad mercantil TELEVISORA ANDINA DE MERIDA (TAM), inscrita en el Registro Mercantil Primero de la circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 14 de octubre de 1982, bajo el número 85, tomo 32, por cobro de beneficio de alimentación.
SEGUNDO: Se condena a la sociedad mercantil TELEVISORA ANDINA DE MERIDA (TAM), a pagar al demandante PEDRO ARMANDO MARTINEZ TORRES, la cantidad de CIENTO VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 127.440,00).