Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de Tovar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, HOMOLOGA y da por consumado el desistimiento del procedimiento y de la acción propuesta en fecha 13 de diciembre de 2022, por el abogado LUIS EMIRO ZERPA MOLINA, actuando en su propio nombre y representación, por cobro de bolívares por intimación y, en consecuencia, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se ordena hacer entrega del original de la letra de cambio a la parte actora la cual se encuentra bajo el resguardo de la Secretaria del Tribunal. Se ordena el archivo del expediente. Así se declara.