"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación a la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, ya identificadas, en fecha 18 de abril de 2012, por ante este Tribunal, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase el presente juicio de Desalojo, intentado por los abogados Minerva Paola Duran, Leix teresa lobo y Jesús Ramón Pérez wulff, parte autora antes identificados , como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en auto el cumplimiento del mismo..."