Se dio por recibido escrito y sus recaudos anexos, contentivo del recurso de amparo constitucional interpuesto por los abogados HUGO EDUARDO ALBORNOZ LÓPEZ y TERESA DE JESÚS MORA, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano ANTONIO RAMÓN DÁVILA PEÑA, mediante el cual interponen solicitud de amparo constitucional, que calificaron como "sobrevenido", formándose el expediente, dándosele entrada bajo el N° 02894 y el curso de ley.