El Tribunal decidió: PRIMERO: decretó medida cautelar de protección a la agricultura, solicitada por el RAFAEL DE JESUS VERGARA SANTIAGO, asistido por el abogado ANTONIO JOSE RIVAS JEREZ, en un área de terreno de media hectárea (1/2 has.) aproximadamente, ubicado en el sitio denominado "Llano del Amparo", jurisdicción del Municipio Pueblo Llano del Estado Mérida, para evitar la lesión, y destrucción a la producción agropecuaria y en consecuencia ordenó a cualquier autoridad se abstenga de practicar cualquier medida ejecutiva, ejecución de cualquier sentencia o cualquier acto judicial que conlleve a la desposesión o desalojo del fundo antes descrito, por el daño y que en todo caso la medida que decrete el Tribunal se mantenga mientras exista una producción agraria efectiva, y que en todo caso la medida que decrete el Tribunal se mantenga hasta el día 31 de julio de 2011. Así se decide. En consecuencia, ordenó oficiar al Comando Regional de la Guardia Nacional del Estado Mérida, para qu.....