Con base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, DECRETA PROCEDENTE LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA solicitada por la ciudadana MARÍA ARMINDA RAMÍREZ ALTUVE, en contra de los ciudadanos, concubinos RAFAEL ANTONIO LOBO RANGEL y MARÍA GRACIELA RAMÍREZ ALTUVE, en su condición de parte agraviante de los derechos y garantías constitucionales de la querellante, en consecuencia los mencionados ciudadanos deben de inmediato proceder a restituir a la brevedad posible y debido a la urgencia del caso, todos los servicios básicos y vital para la vida en la casa propiedad de la ciudadana MARÍA ARMINDA RAMÍREZ ALTUVE, ubicada en El Valle, Sector Los Camellones, casa s/n, frente de la casa de los retiros espirituales de las Hermanas Dominicas, Parroquia Gonzalo Picón Febres, jurisdicción del Municipio Libertador del estado Mérida, como son: El acceso de entrada al pasillo del área co.....